San Mateo en su Evangelio recoge el consabido “Lo que Dios ha unido, que no lo separe el hombre” (cfr. Mt 19,6). Se trata de palabras del mismo Cristo, y significan que quien contrae matrimonio ante Dios crea un vínculo permanente, indisoluble, con su cónyuge.
Por eso, aunque en determinadas circunstancias los esposos puedan dejar de vivir juntos, siguen estando casados. Este es el motivo por el que una persona separada, pero –bien– casada, no puede volver a contraer matrimonio.
La separación como legítima situación excepcional
La Iglesia Católica es madre, de ahí que admita la separación de los esposos, que, como dispone el Catecismo, puede ser legítima en ciertos casos previstos por el Derecho Canónico. ¿En qué casos?: cuando la convivencia se hace gravemente difícil o incluso peligrosa, como cuando uno de los cónyuges pone en grave peligro espiritual o corporal al otro o a los hijos, o hace excesiva y desproporcionalmente dura la vida en común.
En estos casos, separarse puede ser moralmente necesario, especialmente cuando es la manera de proteger a las personas.
¿Y el divorcio civil?
Expuesto lo anterior se entiende que, desde la perspectiva católica, el divorcio civil puede declarar que han cesado los efectos civiles de la convivencia matrimonial, pero no puede producir por sí mismo la desaparición del vínculo que nació de un matrimonio válido.
Por tanto, fracaso matrimonial y anulación matrimonial no son lo mismo. Si un matrimonio verdaderamente válido fue celebrado y posteriormente fracasó, la Iglesia sostiene que ese fracaso no convierte el matrimonio en nulo.
Puede haber separación, según decíamos, e incluso divorcio civil, cuando sea necesario para proteger derechos, hijos, patrimonio, etc. Pero el vínculo –sacramental– permanece, el matrimonio no desaparece.
Cosa distinta es que existan razones para pensar que el matrimonio nunca llegó a existir válidamente, caso en que procede solicitar la declaración de nulidad. La Iglesia no “divorcia” a la persona, sino que declara, después del correspondiente proceso, que no existió un vínculo matrimonial válido desde el principio.





