Ni racismo ni caos: la lección de Salamanca sobre las migraciones

La Escuela de Salamanca defendió la dignidad universal y el derecho a la movilidad, pero vinculó la libertad de circulación al bien común y a la capacidad de integración de las sociedades receptoras.

25 de September de 2026-Lesezeit: 6 Minuten
Migrationen

©OSV News/Violeta Santos Moura, Reuters

El racismo moderno no es un atavismo biológico, sino una construcción intelectual que nace a finales del siglo XV con las grandes navegaciones europeas. Lo que comenzó como un «racismo emocional» ante el encuentro con el «otro», pronto se transformó en un sistema teórico diseñado para justificar el dominio colonial. En este escenario, la Escuela de Salamanca surge no solo como un centro de saber teológico, sino como el embrión de la doctrina de los derechos humanos universales. Hoy, en pleno siglo XXI, cuando la inmigración se presenta como uno de los grandes desafíos de Occidente, las enseñanzas de los maestros salmantinos nos ofrecen la brújula necesaria para no errar en el debate sobre la movilidad humana.

El origen del racismo moderno

Para comprender la vigencia de Salamanca, primero debemos entender el muro que derribó. Durante siglos, la intelectualidad europea, desde Linneo hasta Kant, sostuvo la existencia de variedades humanas con temperamentos y capacidades morales distintas, situando a la «raza blanca» en la cúspide de la perfección.

En el primer cuarto del s. XX, las teorías raciales nazis fueron la fundamentación ideológica para el exterminio de millones de personas durante la Segunda Guerra Mundial. El Partido Nacionalsocialista Obrero Alemán (NSDAP) adoptó y desarrolló varias clasificaciones raciales pseudocientíficas como parte de su ideología para justificar el genocidio de grupos de personas que consideraba racialmente inferiores. Los nazis consideraban a la supuesta raza aria una raza maestra superior, y a judíos, africanos, mestizos, romaníes, eslavos y otros grupos étnicos como infrahumanos y racialmente inferiores, cuyos miembros estaban destinados a trabajos forzados y exterminio. Estas creencias surgieron de una mezcla de antropología del siglo XIX, racismo científico (fundado en las teorías de Hans F. K. Günther) y antisemitismo.

El antisemitismo bajo nuevas formas

Por cierto, que el antisemitismo, lejos de ser un fenómeno extinguido tras la derrota del nazismo, ha demostrado ser un odio proteico capaz de mutar y pervivir en la actualidad, a menudo camuflado bajo nuevas narrativas políticas e ideológicas. Hay quien sostiene que esta persistencia se ha hecho patente por ejemplo en la virulencia con la que ciertos sectores de la izquierda política -generalmente antirracista- han reaccionado ante la guerra de Gaza, donde la hostilidad hacia Israel trasciende con frecuencia la legítima crítica geopolítica para resucitar viejos prejuicios judeófobos. 

Como la visión marxista del mundo divide todo en «opresores» y «oprimidos» y los judíos son vistos a menudo como exitosos o «blancos» en el contexto occidental, a veces se les excluye de las protecciones antirracistas habituales o se minimiza el odio hacia ellos -camuflado dentro de un discurso político antiimperialista- porque no encajan en el perfil tradicional de «víctima» que maneja cierta retórica progresista. En este contexto, el antisionismo radical funciona a menudo como una máscara socialmente aceptable que, al demonizar sistemáticamente al único Estado judío y aplicarle un doble rasero moral inexistente para otros conflictos, canaliza un rechazo ancestral que niega la legitimidad y el derecho a la seguridad del pueblo judío.

La respuesta de la Escuela de Salamanca

Por su parte, la Escuela de Salamanca nos enseña que la libertad de circulación es una herramienta para la protección de la dignidad, no para su erosión. En un siglo XXI marcado por la polarización, volver a Francisco de Vitoria y a Domingo de Soto significa entender que el deber de acoger es inseparable de la capacidad real de integrar. Solo a través de un orden basado en la razón y el bien común universal podremos superar el racismo y convertir la movilidad humana en una verdadera «misión de esperanza».

El fenómeno de la movilidad humana debe ser considerado como una de las cuestiones más graves de la actualidad. Lo avala el extraordinario crecimiento de los flujos y las dificultades en las que es vivido por la mayoría de sus protagonistas. En esta dinámica, constituirá un desafío creciente en las próximas décadas hasta el punto de que hay autores que hablan ya del siglo XXI como del siglo de las migraciones.

La Iglesia católica, sin dejar de valorar la corriente de los derechos humanos, los esfuerzos de sus instituciones y los logros para toda la humanidad, establece una distancia crítica que es reconocible en dos puntos fundamentales respecto a la movilidad: el reconocimiento de un derecho a la migración de la persona y su familia, no reconocido por la Declaración de 1948, y la reclamación de un conjunto de deberes, asumidos por los individuos, que completen las protecciones contempladas. El escenario descrito del bien común universal, de estructuras internacionales que velen por ello, de la existencia de una comunidad universal, justifica la proclamación de que toda persona goza de una ciudadanía mundial que le habilita para el ejercicio de derechos y deberes que rebasan los reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948.

El derecho a migrar

La actual exhortación del Papa León XIV a recibir a los desplazados bajo el lema Migrantes, misioneros de esperanza actualiza directamente el Ius Peregrinandi formulado por la Escuela de Salamanca. Al afirmar León XIV que el miedo a los forasteros es una «sedentarización» contraria al espíritu cristiano, recupera la tesis central de Francisco de Vitoria en De Indis. Vitoria estableció que es lícito a cualquier ser humano viajar y permanecer en otros territorios siempre que no cause daño, definiendo la movilidad no como una concesión del Estado, sino como un derecho natural de comunicación entre los pueblos que precede a las fronteras políticas.

Del mismo modo, la continuidad que León XIV mantiene con la encíclica Fratelli Tutti del Papa Francisco para denunciar el nacionalismo excluyente se fundamenta en el concepto salmantino del Totus Orbis. Cuando la Iglesia católica está insistiendo en la actualidad en la dignidad inalienable del migrante por encima de su estatus legal, están aplicando el principio de Vitoria en De Potestate Civili. Allí, el teólogo dominico definió al mundo entero como una comunidad regida por el Derecho de Gentes, argumentando que existen leyes justas y derechos universales que protegen a la persona frente a la soberanía de cualquier gobernante, una idea que la Iglesia emplea hoy para combatir el racismo y la exclusión.

Libertad de circulación y bien común

Por último, la actualización del pensamiento de Vitoria exige equilibrar el derecho natural de movimiento con el deber estatal de preservar el bien común; esto implica una gestión migratoria que, sin discriminar por origen (dignidad humana), imponga límites racionales para evitar que la libertad de tránsito degenere en la disolución del orden social (caos) o en la explotación de los vulnerables. Para ello, debemos volver al principio rector que Francisco de Vitoria estableció en sus Relectiones: la cláusula «sine iniuria» (sin daño). Vitoria defendía el derecho de comunicación y comercio (Ius Communicationis), que permitía a los españoles viajar y residir en las Indias, siempre y cuando no dañaran a los naturales ni socavaran su soberanía legítima. El límite del derecho a migrar no debe ser el egoísmo nacional, sino la capacidad de integración y sostenibilidad de la sociedad receptora.

Si la migración se realiza «con daño» (colapsando estructuras sociales o imponiendo cargas insostenibles), deja de ser un derecho protegido por el Ius Gentium y se convierte en una agresión que el Estado tiene derecho a repeler. El derecho de uno a llegar no puede anular el derecho de la comunidad receptora a existir y mantenerse estable. Libertad no es anarquía: la Escuela de Salamanca, precursora de los Derechos Humanos, era profundamente tomista. Para Santo Tomás y sus seguidores, la ley debe ser una «ordenación de la razón al bien común». Una libertad de circulación absoluta, sin control ni registro, elimina la capacidad del Estado para ordenar la sociedad.

Orden y protección

Si la libertad de circulación se interpreta como ausencia total de fronteras (caos), se destruye la seguridad jurídica y la protección social, que son conquistas del derecho europeo. Una sociedad en «caos» no puede garantizar la dignidad de nadie (ni del local ni del migrante). Por tanto, la restricción de flujos no es una negación de la dignidad del migrante, sino una herramienta necesaria para garantizar que esa dignidad pueda ser efectiva y protegida dentro de un marco legal funcional. El «caos» beneficia al fuerte sobre el débil, violando el principio de protección al inocente que defendía Vitoria.

Las mafias de tráfico de personas existen porque hay una barrera insalvable entre la oferta (migrantes) y la demanda (destino), creando un mercado negro.  Si la circulación fuera efectiva y legal (como un visado universal o el espacio Schengen), el modelo de negocio del «coyote» oder die «patera» colapsaría. Nadie paga a un criminal 5.000 euros para cruzar el mar peligrosamente si puede cruzar un puente legalmente por 50 euros. Pero si se abren las puertas («libre circulación») pero no se garantiza la integración (trabajo, vivienda), probablemente las mafias mutarían. Ya no cobrarían por el cruce, sino que explotarían la estancia (guetos, prostitución, esclavitud laboral). Por eso, la eliminación de las mafias requiere vías legales seguras (orden), no una apertura caótica que simplemente cambie el momento en que el migrante es explotado. Se trataría de destruir el mercado de la mafia mediante la ley, no mediante la ausencia de ella.

Die Ius Peregrinandi defendido por Francisco de Vitoria no es un derecho absoluto al caos, sino una comunicación pacífica orientada al bien común; por tanto, el deber de acoger es inseparable de la capacidad real de integrar, pues permitir la entrada indiscriminada para luego despreocuparse y condenar al migrante a la marginalidad y el fracaso traiciona el principio de justicia conmutativa y distributiva que fundamenta el Derecho de Gentes.

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